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2026. Subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el personal de la Administración local de la Comunitat Valenciana en el marco del acuerdo de formación para la ocupación de las administraciones públicas (AFEDAP)

20 Apr 2026
Financiar los planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales de la Comunitat Valenciana, la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, las federaciones o asociaciones de entidades locales, en el marco del acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas (AFEDAP)

Objeto Financiar los planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales de la Comunitat Valenciana, la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, las federaciones o asociaciones de entidades locales, en el marco del acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas (AFEDAP)

Bases reguladoras Resolución de 12 de febrero de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por las que se articulan los criterios y el procedimiento para la distribución, aplicación y gestión de los fondos destinados a la financiación de planes de formación para el personal de la Administración local de la Comunitat Valenciana en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP). (DOGV número 10304, de 17 de febrero de 2026) y su modificación por la Resolución de 10 de marzo de 2026 (DOGV 10321, 12.03.2026).

Financiación La cuantía máxima de las ayudas convocadas asciende a 1.434.970,00 euros

Beneficiarios Podrán ser beneficiarios:

1. Los ayuntamientos, diputaciones provinciales y demás entidades locales reconocidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, que promuevan planes de formación para los empleados públicos, de carácter unitario o agrupado, dentro del ámbito del acuerdo de la formación para el empleo de las administraciones públicas.

2. Las asociaciones o federaciones de entidades locales de la Comunitat Valenciana reconocidas por la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que estén legítimamente constituidas, que promuevan planes agrupados o interadministrativos para la formación de los empleados públicos de todas las entidades locales de la Comunitat Valenciana, dentro del ámbito del acuerdo de la formación para el empleo de las administraciones públicas.

Actividades objeto de financiación Las entidades promotoras podrán solicitar ayudas para financiar:

1. Planes unitarios: se caracterizan por afectar al personal de una sola administración pública con al menos 200 empleados públicos, independientemente de las unidades u órganos que incluyan. Estos planes podrán tener destinatarios diferentes del promotor dentro de la misma Administración.

2.Planes agrupados: los planes agrupados se caracterizan por afectar al personal de dos o más entidades locales, con un mínimo de 200 empleados públicos, solo se podrá participar en un plan agrupado. Las entidades podrán dividir su plantilla para solicitar un plan unitario y/o adherirse a un único plan agrupado, de tal manera que la suma de los efectivos imputados a cada uno de los planes nunca podrá ser superior a su plantilla total.

3. Planes interadministrativos: se caracterizan por estar destinados no solo al personal de la administración o entidad promotora, sino también a la formación de personal de otras administraciones públicas. Cualquiera de los promotores mencionados en el apartado 2 de la base tercera podrá promover planes interadministrativos, bien como promotor único, bien en colaboración con otros promotores a través de convenios de colaboración o los instrumentos jurídicos pertinentes. Los planes promovidos por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias tendrán el carácter de interadministrativos, destinados a formar a empleados públicos de distintas entidades locales de la Comunitat Valenciana.

4. Las entidades locales con menos de 200 empleados públicos se considerarán adheridas automáticamente al plan agrupado de la diputación provincial a la que pertenezca, sin necesidad de que suscriban documento alguno. Las entidades locales de 200 o más empleados públicos que participen en el plan agrupado deberán adherirse expresamente al mismo.

Solicitud. Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán de forma electrónica a través de la página web del IVAP http://www.ivap.gva.es a través del icono «Promotores de formación Administración local».

Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será desde el 21 de abril al 12 de mayo de 2026.

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