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2023. Financiación de formación mediante microcréditos, dentro de la Inversión 'Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva'

21 Nov 2023
Concesión de ayudas del proyecto «Financiación de formación (microcréditos)» para la formación de personas trabajadoras ocupadas y desempleadas, mediante la realización de acciones de formación que, de acuerdo con su perfil, se destinen a impulsar o mejorar su carrera profesional o su empleabilidad, o permitan adquirir nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva.

Entidades solicitantes: requisitos y acreditación.

1.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta convocatoria:

a) Para la línea prevista en el artículo 3.1.a): Las personas trabajadoras ocupadas, tanto por cuenta ajena como personas trabajadoras pertenecientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las personas socias trabajadoras de entidades de la Economía Social, y personas desempleadas, que realicen formación en los términos establecidos en la convocatoria desde 1 de enero de 2023 hasta el momento de presentación de la solicitud.

b) Para la línea de subvención prevista en el artículo 3.1.b): Las entidades impartidoras de la formación, constituidas con anterioridad a 1 de enero de 2023, que justifiquen la disponibilidad de instalaciones y recursos que destinarán a la impartición de la formación y el cumplimiento de los requisitos, condiciones y especificaciones de los programas formativos correspondientes. Conforme con lo anterior, podrán solicitar subvenciones

  • Las entidades impartidoras de formación, públicas o privadas, inscritas para impartir las especialidades formativas para las que solicitan subvención, con presencia en más de una comunidad autónoma, titulares de aulas o instalaciones para formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades autónomas y que no tengan circunscrito su ámbito de actuación a una sola comunidad autónoma.
  • Las empresas cuando estén inscritas para ello en las especialidades formativas para las que solicitan subvención y dispongan de las instalaciones y medios, que permitan la impartición en, al menos dos comunidades autónomas.
  • Las agrupaciones previstas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre con presencia en más de una comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía.

Objeto. Las subvenciones que se concedan tendrán como finalidad la concesión de ayudas del proyecto «Financiación de formación (microcréditos)» para la formación de personas trabajadoras ocupadas y desempleadas, mediante la realización de acciones de formación que, de acuerdo con su perfil, se destinen a impulsar o mejorar su carrera profesional o su empleabilidad, o permitan adquirir nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva.

Duración de la formación.

  • La formación que se financie dentro de la línea de subvención del artículo 3.1.a), podrá cursarse desde el 1 de enero de 2023 hasta el 1 de septiembre de 2024 pero su terminación y superación debe realizarse tras la fecha de publicación de esta convocatoria.
  • La formación que se financie dentro de la línea de subvención del artículo 3.1.b), se podrá ejecutar desde la fecha de notificación a las entidades beneficiarias de la resolución de concesión de la subvención y hasta el 15 de septiembre de 2024.

Normativa. Esta convocatoria se regirá de acuerdo con lo dispuesto en:

  • La Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre.
  • La Ley 3/2023, de 28 de febrero,
  • El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
  • La Orden TES/1016/2023, de 5 de septiembre.
  • Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

Cuantía. La financiación de esta convocatoria asciende a 22.996.000 euros. De ellos, 2.000.000 euros para el ejercicio 2023 y 20.996.000 euros para 2024 

La financiación correspondiente a la presente convocatoria se eleva a 22.996.000 euros, según el siguiente desglose:

a) Formación vinculada a la economía verde: 8.750.000 euros. Este importe se destinará íntegramente a la formación prevista en el artículo 3.1.b).

b) Formación vinculada a las competencias digitales: 8.746.000 euros. De este importe:

1º Formación prevista en el artículo 3.1.a): 2.796.000 euros.

2º Formación prevista en el artículo 3.1.b): 5.950.000 euros

c) Formación vinculada al ámbito de la economía productiva: 5.500.000 euros. De este importe:

1º Formación prevista en el artículo 3.1.a): 600.000 euros.

2º Formación prevista en el artículo 3.1.b): 4.900.000 euros.

Las solicitudes de subvención que se presenten en el marco de esta convocatoria se tramitarán de forma electrónica mediante la aplicación informática que estará a disposición de las entidades impartidoras solicitantes en la página web de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (www.fundae.es)

Plazo de presentación de solicitudes.

  • Las personas solicitantes definidas en el artículo 10.1.a) desde el 22 de noviembre y hasta el 30 de septiembre de 2024. 
  • Las entidades impartidoras del artículo 10.1. b) desde el 22 de noviembre y hasta el 21 de diciembre de 2023

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